Pasos para cumplir con las regulaciones de la STPS en materia de capacitación y adiestramiento

En 2024, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) impuso más de 15,000 multas relacionadas con incumplimiento en materia de capacitación, con una recaudación superior a 850 millones de pesos.

La obligación de capacitar a los trabajadores está inscrita en el Artículo 123 Constitucional, Apartado A, Fracción XIII, que establece que ‘las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores capacitación o adiestramiento para el trabajo.’ La Ley Federal del Trabajo recoge y desarrolla este mandato en su Capítulo III Bis (De la Productividad, Formación y Capacitación de los Trabajadores), cuyo eje central es el Artículo 153-A.

¿Qué establece el Artículo 153-A?

El Artículo 153-A de la LFT obliga a todo patrón —sin importar el tamaño de la empresa, el giro o el número de colaboradores— a proporcionar capacitación y adiestramiento que permita a los trabajadores:

  • Actualizar y perfeccionar sus conocimientos y habilidades.
  • Estar preparados para ocupar vacantes o puestos de nueva creación.
  • Prevenir riesgos de trabajo.
  • Incrementar la productividad con beneficios compartidos.
  • Mejorar sus aptitudes y sus niveles de vida y trabajo.

La norma no impone un formato rígido, el patrón puede cumplir mediante personal propio, instructores externos especialmente contratados. Lo que sí es innegociable es la formalización documentada de cada acción de capacitación.

Los Formatos DC: Documentos de Cumplimiento antes STPS

La STPS diseñó un sistema de cinco formatos DC (Datos de Capacitación) que documentan el ciclo completo de la capacitación empresarial. Conocerlos, usarlos correctamente y mantenerlos actualizados es la diferencia entre una empresa protegida y una empresa vulnerable. A continuación, se describen los cuatro formatos de uso más frecuente:

FormatoNombre OficialObligación Legal¿Quién lo genera?
DC-1Acta Constitutiva de la Comisión MixtaArt. 153-I LFT – Empresas con +50 trabajadoresEmpresa (partes obrera y patronal)
DC-2Plan y Programas de Capacitación y AdiestramientoArt. 153-N LFT – Presentar ante STPSComisión Mixta / RH
DC-3Constancia de Competencias o Habilidades LaboralesArt. 153-T LFT – Por cada trabajador capacitadoAgente Capacitador (ACE o interno)
DC-4Lista de Constancias de Habilidades LaboralesArt. 153-V LFT – En 60 días hábiles post-periodoEmpresa ante STPS (portal SIRCE)

DC-1: Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad

El DC-1 formaliza la constitución de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad, el organismo bipartito que la LFT exige en todas las empresas con más de 50 trabajadores. Esta comisión, integrada de forma equitativa por representantes de la parte obrera y la patronal, tiene la responsabilidad de vigilar que la capacitación realmente ocurra, revisar los programas y validar las constancias.

DC-2: Plan y Programas de Capacitación y Adiestramiento

El DC-2 corresponde al Plan y Programas de Capacitación y Adiestramiento, el documento en el que la empresa establece —para periodos de hasta dos años— qué cursos impartirá, a qué puestos van dirigidos, en qué fechas y con qué instructores. Debe presentarse ante la STPS y funciona como la promesa formal de la organización sobre cómo desarrollará las competencias de su plantilla.

DC-3: La Constancia de Habilidades Laborales

El DC-3, o Constancia de Competencias o Habilidades Laborales, es el documento individual que acredita que un trabajador específico completó y aprobó una capacitación determinada. Es emitido únicamente por Agentes Capacitadores Externos (ACE) registrados ante la STPS, o bien por capacitadores internos validados, y debe entregarse al trabajador dentro de los primeros 20 días hábiles posteriores a la conclusión del curso.

El DC-3 tiene una naturaleza dual: para el trabajador es el reconocimiento oficial de sus competencias adquiridas; para la empresa es el comprobante legal de que cumplió con su obligación patronal.

DC-4: El Reporte Anual de Cumplimiento

El DC-4 es la Lista de Constancias de Competencias o Habilidades Laborales que la empresa debe presentar ante la STPS —actualmente a través del portal SIRCE (Sistema de Información de la Capacitación Empresarial)— en un plazo de 60 días hábiles contados a partir de la conclusión de cada año del plan de capacitación. Su función es notificar a la autoridad cuántas constancias DC-3 se emitieron en el periodo y a qué trabajadores.

Este formato cierra el ciclo de trazabilidad legal: sin el DC-4 presentado en tiempo y forma, toda la capacitación impartida puede considerarse no acreditada ante la STPS, anulando el esfuerzo invertido durante el año y exponiendo a la empresa a sanciones administrativas.

Consecuencias del Incumplimiento: Multas, Riesgos y Responsabilidades

El Artículo 994, Fracción IV de la LFT es explícito: los patrones que no cumplan con las disposiciones del Artículo 153-A se harán acreedores a multas de 250 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente. Con el valor de la UMA 2026 ($117.31 pesos), las sanciones potenciales alcanzan cifras que pueden comprometer la viabilidad financiera de cualquier empresa.

Tabla de Sanciones Vigentes 2025

Tipo de Incumplimiento Sanción UMA 2025 Monto aproximado (MXN)
Falta de plan y programa de capacitación (DC-2) 250 a 1,000 UMAs $29,327 – $117,310
No emitir constancias DC-3 a trabajadores capacitados 250 a 2,500 UMAs $29,327 – $293,275
Incumplimiento total del Art. 153-A (no capacitar) 250 a 5,000 UMAs $29,327 – $586,500
Reincidencia en cualquier incumplimiento Hasta 10,000 UMAs Hasta $1,173,100

Durante 2025, la STPS intensificó las inspecciones laborales con un enfoque particular en el cumplimiento normativo en materia de capacitación. Una empresa que cuente con el ciclo DC completo —DC-1 actualizado, DC-2 vigente, DC-3 emitidos en tiempo, DC-4 presentado ante el SIRCE— puede acreditar su cumplimiento en el momento mismo de la inspección, eliminando el riesgo de multa.

El Artículo 153 de la Ley Federal del Trabajo es el marco normativo que convierte a la capacitación en un acto jurídicamente relevante. Las empresas que comprenden esta distinción no solo evitan multas; construyen organizaciones más seguras, más productivas y resilientes ante cualquier contingencia legal o laboral.

Recomendaciones para responsables de Capacitación y RH

  • Auditar el expediente de capacitación al menos dos veces al año: verificar que el DC-1 esté vigente, el DC-2 registrado, los DC-3 emitidos en tiempo y el DC-4 presentado ante el SIRCE.
  • Alinear el Plan de Capacitación (DC-2) con las NOMs vigentes aplicables al giro de la empresa (NOM-035-STPS-2018, NOM-030-STPS-2009, NOM-017-STPS-2024, entre otras).
  • Implementar un sistema de gestión documental que garantice la trazabilidad de cada constancia DC-3 y su correspondencia con el DC-2 y el DC-4.
  • Capacitar al equipo de RH y a los supervisores operativos sobre las implicaciones legales del Artículo 153, de modo que el cumplimiento sea una cultura, no una reacción ante la inspección.
  • Consultar periódicamente el portal www.stps.gob.mx para verificar actualizaciones en los criterios administrativos, requisitos y formatos para la capacitación.

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Conoce a la autora:

Viviana Melgarejo es pedagoga enfocada en fortalecer a los profesionales de formación y en posicionar la capacitación como un aliado estratégico del negocio. Acompaña a las organizaciones en el diseño e integración de estrategias de aprendizaje continuo que generan impacto real en el desarrollo del talento, la cultura y los resultados.


Referencias Normativas y Fuentes

Ley Federal del Trabajo — Artículos 153-A al 153-X, 994 Fracción IV. Cámara de Diputados, H. Congreso de la Unión.

STPS — Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos DC. DOF, 14-06-2013. www.stps.gob.mx

STPS — Acuerdo Lineamientos de Operación del Programa de Capacitación a Distancia para Trabajadores. DOF, 11-10-2021.

INEGI — Estudio Nacional de Capacitación Empresarial 2024. Instituto Nacional de Estadística y Geografía, México.

INEGI — Unidad de medida y actualización (UMA) 2026. Instituto Nacional de Estadística y Geografía, México.

STPS — Portal SIRCE (Sistema de Información de la Capacitación Empresarial): sirce.stps.gob.mx

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